Un
lluvioso 27 de marzo de 1936, el entonces Director de la Reforma Agraria,
Adolfo Vázquez Humasqué, se desplaza hasta Fernán Caballero para el acto de
ocupación de la finca de Navalrosal por parte de veinticinco yunteros.
La
ocupación, paradójicamente, se impulsó por un gobierno progresista del Frente Popular pero de conformidad a una ley conservadora, la entonces vigente “Ley de Reforma de la
Reforma Agraria”, de 1 de agosto de 1935. La ejecución se llevó a cabo por el servicio provincial de Reforma
Agraria: los ingenieros agrónomos comprobaron que la finca de Navalrosal cumplía los requisitos establecidos en la
ley, se escogieron a una serie de agricultores del censo de obreros agrícolas que
figuraba en el Ayuntamiento, en este caso veinticinco, y se ocupó, respetándose al propietario la parte
que tenía sembrada e indemnizándole por los gastos que hubiera podido realizar
en la parte en barbecho.
El director de la Reforma Agraria, don Adolfo Vázquez Humasqué, marcha a pie, entre los yunteros de Fernán Caballero, para asentar a éstos en la finca de Navalrosal (Foto de Cortés, Mundo gráfico, 8 de abril de 1936).
El director de la Reforma Agraria, don Adolfo Vázquez Humasqué, marcha a pie, entre los yunteros de Fernán Caballero, para asentar a éstos en la finca de Navalrosal (Foto de Cortés, Mundo gráfico, 8 de abril de 1936).
LO QUE ERA LA VIDA EN EL CAMPO DE FERNÁN CABALLERO ANTES DE LA SEGUNDA REPÚBLICA. (Pulse si desea conocer más).
UN NUEVO MARCO JURÍDICO-POLÍTICO CON LA LLEGADA DE LA SEGUNDA REPÚBLICA. (Pulse si desea conocer más).
EL AMBIENTE DURANTE LA SEGUNDA REPÚBLICA EN FERNÁN CABALLERO. (Pulse si desea conocer más).
EL ASENTAMIENTO EN EL NAVALROSAL DE
FERNÁN CABALLERO
En
las elecciones generales de febrero de 1936, Fernán Caballero es uno de los
pocos municipios de la provincia de Ciudad Real, donde vence el Frente Popular
(El Pueblo Manchego, 17 de febrero de 1936).
Con
la victoria general del Frente Popular, el Ministerio de Agricultura,
comenzaría a ser dirigido por Mariano Ruiz Funes, desde el 19 de febrero de ese
mismo año. Azaña lo nombró ministro de esta área con el objetivo de
llevar adelante la prometida reforma del campo español y que ya había
sido objeto de su interés en las Constituyentes de 1931 con la Ley de Reforma
Agraria de 1932. Durante su gestión, se llevó a cabo una intensa labor de asentamiento
de familias campesinas utilizando, curiosamente, la cláusula de “utilidad
social” de la restrictiva Ley de Reforma de la Reforma Agraria de 1935, y dos
decretos:
Decreto declarando que los
campesinos avecindados en los pueblos de las provincias de Cáceres y Badajoz,
pertenecientes a la clase llamada yunteros, que hayan actuado en los años que
se indican, y que en la actualidad se encuentran sin tierra a la que aplicar
sus actividades, tienen derecho a recuperar el uso y disfrute de las tierras
que anteriormente hubieren utilizado, con arreglo a las normas y limitaciones
que se publican
(Gaceta de Madrid, número 65, de 4 de marzo de 1936).
Decreto ampliando en el sentido que
se indica el de 3 del mes actual relativo a los llamados yunteros de
Extremadura (Gaceta
de Madrid, número 77, de 17 de marzo de 1936), que ampliaba el ámbito de
aplicación a las zonas de las provincias limítrofes a Cáceres y Badajoz, que
poseyeran yuntas de caballerías mayores o menores y cultivasen la tierra al uso
y costumbre de los llamados yunteros en Extremadura, con lo que Fernán
Caballero, en la provincia de Ciudad Real, era un posible candidato para la
aplicación del mismo.
Para
la Dirección del Instituto de Reforma Agraria, órgano dependiente del
Ministerio de Agricultura y encargado de llevar a cabo la reforma del mismo
nombre, es nombrado mediante decreto, a propuesta del entonces Ministro de
Agricultura, Adolfo Vázquez Humasqué (Gaceta de Madrid, número 65, de fecha 5
de marzo de 1936).
Adolfo
Vázquez Humasqué era ingeniero agrónomo y pertenecía al Cuerpo de Agrónomos del
Estado. Estaba familiarizado con la cuestión de reforma agraria, ya que había
sido vocal de la Comisión Técnica Agraria (Gaceta de Madrid, número 142, de 22
de mayo de 1931), que tuvo la finalidad de “realizar los trabajos preparatorios
que estimase necesario a fin de documentar sus proyectos, redactar las bases
jurídico-económicas en que se había de inspirarse la reforma agraria,
determinar el plan de realización de las mismas, las Instituciones crediticias
y de enseñanza que considerase complementos obligados de dicha reforma”.
Además, con gobiernos progresistas, había desempeñado ya la Dirección General
del Instituto de Reforma Agraria (entre octubre de 1932 y febrero de 1933).
Le atribuyeron en su momento una serie de características como: "inteligencia y capacidad, trabajo y fervor, alta ilusión en la tarea, conocimiento del problema, amor a los humildes" (Mundo gráfico, 8 de abril de 1936).
Le atribuyeron en su momento una serie de características como: "inteligencia y capacidad, trabajo y fervor, alta ilusión en la tarea, conocimiento del problema, amor a los humildes" (Mundo gráfico, 8 de abril de 1936).
Bajo
su Dirección del Instituto de Reforma Agraria, se producirían los asentamientos
de yunteros en Fernán Caballero. En septiembre de 1936, sería nombrado
Subsecretario de Agricultura, cargo que desempeñaría hasta que mediante la
Orden de 3 mayo de 1939 (Boletín Oficial del Estado, 7 de mayo de 1939), es
separado definitivamente del servicio activo del Cuerpo General de Ingenieros
Agrónomos a consecuencia de “haber huido al extranjero y por sus antecedentes
han demostrado ser contrarios al Glorioso Movimiento Nacional”.
El director de la Reforma Agraria da recomendaciones al guarda de la finca, quien hasta el momento había servido a un solo propietario (Foto de Cortés, Mundo gráfico, 8 de abril de 1936).
El
procedimiento para la ocupación temporal de una finca, basándose en la cláusula
de utilidad social de la Ley llamada de Reforma de la Reforma Agraria, de 1 de
agosto de 1935, era el siguiente.
La
iniciativa para la ocupación de una finca era tomada por los alcaldes, las
Sociedades obreras o los mismos campesinos.
A
continuación, el servicio provincial de Reforma Agraria, formado por ingenieros
agrónomos, comprobaba sobre el terreno si se podía aplicar la ley a dicha
finca. La acción de este servicio era ya ejecutiva, sin necesidad de
tramitación en los servicios centrales de Madrid.
Para
el asentamiento de campesinos se escogían éstos de entre un censo de obreros
agrícolas que cada Ayuntamiento llevaba, prefiriéndose al obrero agrícola que
más hijos tuviera.
Al
propietario se le respetaba la parte que tuviera sembrada en su finca y se le
indemnizaba de los gastos que hubiera podido hacer en la parte en barbecho.
Además, se le pagaba la renta de la zona cultivada por los asentados.
Para evitar altercados relativos a
ocupación ilegal de fincas, que se esperaban tras la victoria del Frente Popular, Vázquez Humasqué envió a los gobernadores civiles
un telegrama donde advertía que serían excluidos de la reforma todos aquellos
que asaltasen fincas; es decir, actuasen al margen de la Ley y del Instituto de
Reforma Agraria, único organismo capacitado para ejecutarla. El texto del
telegrama se publicó en Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real, con
fecha 30 de marzo de 1936: “Ruego V. E. dé publicidad “Boletín oficial” esa
provincia, Prensa local y circular Alcaldes Ayuntamientos de su digno Gobierno,
que este Instituto se halla dispuesto a excluir de los beneficios del
asentamiento de Yunteros y Obreros a los que asalten fincas, la Reforma Agraria
en lo que a redistribución de la tierra afecta, ha de hacerla el Instituto con
arreglo a las disposiciones del Gobierno y por tanto no admite la iniciativa
más que en forma de solicitud, pues la forma ejecutiva adolece del defecto de
no responder a los principios generales de Técnica y Economía y ofrece al país
una merma de autoridades que no se puede consentir”.
Para
tramitar el procedimiento de asentamientos de yunteros en Fernán Caballero, por
tanto, los Servicios Provinciales del Instituto de Reforma Agraria, con fecha
10 de marzo de 1936, habían solicitado al Ayuntamiento la siguiente
documentación:
En
el caso de Fernán Caballero, sólo había 25 yunteros en todo el término
municipal.
El
día 27 de marzo de 1936, el mismo Adolfo Vázquez Humasqué viene a Fernán
Caballero a presenciar los asentamientos que se debían de llevar a cabo en la
finca, conocida como Navalrosal. Previamente lo había hecho en tierras de
Extremadura. El día anterior, se había dado por finalizada la campaña de la
Reforma Agraria en la provincia de Cáceres (ABC, 28 de marzo de 1936).
La
finca a ocupar de Navalrosal se localizaba a siete kilómetros de Fernán
Caballero y a nueve kilómetros de su estación de Fernán Caballero, pudiéndose
acceder a la misma a través del camino que se dirige a Porzuna. Su superficie
era de 784 hectáreas y se definía “de abundante monte, alto y bajo, de toda
clase; buenos abrevaderos y pastos, con tierras roturadas y dedicadas a
cereales, casa de recreo, de labor, palomas y caza” (ABC, 12 de julio de 1921).
En
la visita al municipio manchego, Vázquez Humasqué fue acompañado por los
ingenieros agrónomos de los Servicios Provinciales del Instituto de Reforma
Agraria y por el alcalde de Fernán Caballero, que de forma accidental era
Fortunato Ferreras, así como por la Guardia Civil.
Un
artículo de Mundo gráfico, en su edición de 8 de abril de 1936, ofrece algunos
curiosos detalles sobre aquella ocupación, describiendo el estupor del guarda
de Navalrosal que no acaba de comprender todo aquello; el retraso de dos horas
del Director, mientras los yunteros esperaban a pie firme algunos envueltos en
mantas; la larga caravana que forman con sus carros y sus caballerías; las
palabras de Vázquez Humasqué a los yunteros, desbordantes de alegría, bajo
lluvia; la orden a los yunteros de que colocasen dos carros, junto a las
construcciones rústicas (gañanía, cuadras y panera), en señal de posesión.
Los yunteros avanzan camino de la finca sobre la tierra encharcada por las últimas lluvias (Foto de Cortés, Mundo gráfico, 8 de abril de 1936).
Los yunteros avanzan camino de la finca sobre la tierra encharcada por las últimas lluvias (Foto de Cortés, Mundo gráfico, 8 de abril de 1936).
Los
propietarios de la finca Navalrosal habían presentado contra aquella ocupación
dos tipos de alegaciones. Por un lado, porque con la misma se restaban pastos
al ganado. Por otro lado, porque al aumentar los agricultores la zona cerealista, se producía un exceso de producción que ya venía sufriendo el
labrador del secano.
Los
yunteros, que desde aquel momento tendría unas hectáreas de tierra para
labrar se defendían: “La mayor parte de lo que cosechemos nos lo vamos a comer
nosotros mismos. En vez de media hogaza de pan, nuestras familias comerán dos,
lo que no comen desde hace mucho tiempo. Y entre que las ovejas estén más
lúcidas o que lo estén nuestros hijos, la cosa no ofrece duda. ¿No le parece a
usted?”. Y en cuanto a la segunda alegación, rebatían: “Yo no sé en cuánto
puede influir en el mercado triguero la producción nuestra”.
El
Director aprovechaba la visita para darle recomendaciones al guarda de la finca,
con el fin de que no impidiera la labor de los nuevos usuarios:
“Desde
hoy es usted también guarda de estos hombres, no contra estos hombres.”
Las
yuntas se debían de guardar en las cuadras. Allí serían albergadas y los
hombres dormirían en la gañanía durante toda semana, salvo un día, “el de la
muda”, donde se irían a sus hogares en Fernán Caballero.
Con
anterioridad a esta ocupación, cada uno de los yunteros, tenía que pagar al
propietario de la finca 45 pesetas anuales por fanega (0,64 hectáreas). Calculándose que eran
necesarias unas quince fanegas (9,6 hectáreas) para mantener unas condiciones de vida dignas, el
coste anual de la renta ascendía a 675 pesetas anuales.
Uno
de los ingenieros calificaba aquella renta un abuso, en tanto que por una
fanega con semejante calidad de la tierra se tenía que pagar entre 10 y 15
pesetas anuales, calculándose el coste máximo en 225 pesetas anuales, una tercera parte de lo que venían satisfaciendo.
Se
deduce que la relación entre el propietario de la finca y los yunteros no era
cordial. El propietario de la finca no había acudido al acto
que tan importante era para los yunteros, aunque no para sus intereses. Dos
días antes, uno de los ingenieros agrónomos que iba a intervenir en la ocupación de la
finca, lo había visitado, negándose éste a ceder voluntariamente su finca a los
fines sociales de la Reforma Agraria; además se le había remitido el
correspondiente oficio por parte de la Dirección General del Instituto de
Reforma Agraria avisándole de aquella ocupación. Según Mundo gráfico, el propietario dijo al despedir a sus
yunteros:
“Tendréis
que venir aquí muertos de hambre y arrastrándoos”.
Con
aquella ocupación, los yunteros comenzaban a labrar las tierras en barbecho que
antes les habían negado, con el siguiente plan: se trabajaría en primavera, se
sembraría en octubre y se cosecharía en junio del otro año. El Instituto de
Reforma Agraria les hará anticipos – reintegrables después – por las labores
realizadas.
A
cada uno de los 25 yunteros les correspondieron 10 hectáreas, con lo que fueron
ocupadas unas 250 hectáreas (un 31,8% del total de la finca). En ellas se cultivaría trigo, cebada y avena.
El
acta de ocupación fue firmada sobre un carro por Vázquez Humasqué, el alcalde,
un ingeniero y faltó el propietario, que, como ya se ha comentado, declinó personarse.
Sobre la finca ocupada, ante los yunteros, Vázquez Humasqué pronunca unas palabras "de encendido amor a los humildes" (Foto de Cortés, Mundo gráfico, 8 de abril de 1936).
La prensa, a nivel nacional, se hace eco de estos primeros asentamientos:
“La
tierra, a los trabajadores.
Ayer
fueron asentados tres mil campesinos.
El
día 27 de marzo se han practicado en Ciudad Real 25 asentamientos en la finca
Navalrosal, del pueblo Fernán Caballero.
En
la provincia de Badajoz (…) un total de 2913.
En
Toledo se han asentado 170 campesinos.”
(La
libertad, 28 de marzo de 1936).
Sin
embargo, el periódico regional, El Pueblo Manchego, no refleja cómo en Fernán
Caballero tiene lugar el primer asentamiento de la provincia. Sin bien, semanas más tarde, sí informaría acerca de otros asentamientos que se sucedieron en la provincia de Ciudad Real.
Según
Luis Dorado, en su obra “Apuntes para la historia de Fernán Caballero”: “Fernán
Caballero […] permite la ocupación de tierras en el quinto Navalrosal por unos
20 yunteros, que ellos mismos se denominan “Los 20 gordos”. Yunteros que, al
regreso de sus trabajos agrícolas, son recibidos en la carretera de los
Bañuelos por familiares y simpatizantes con bulliciosa alegría al grito de ¡Vivan los 20 gordos! ¡Viva la República!". Sin poder justificar la
diferencia entre los 25 asentamientos y los 20 yunteros a los que él se
refiere, sí se percibe el clima de regocijo que había entre las clases
campesinas.
Con
el fin de que los yunteros cumplieran con escrupulosidad el ordenamiento
jurídico y no se excediesen en los aprovechamientos de la finca, con fecha, 3
de abril, el Director General de la Reforma Agraria manda el siguiente
telegrama al alcalde de Fernán Caballero:
“Sírvase
comunicar a los yunteros asentados en la finca Navalrosal que cuentan con la
firme protección de este Instituto siempre que se muevan al amparo de la ley.
Que sigan efectuando sus labores sin bien hágales presente que no tienen
derecho a pastos ni leñas y en cuanto al ganado de labor deben dejar
preferencia en el alojamiento a las yuntas del propietario pero colocando
inmediatamente después las suyas en todas las dependencias que sean precisas
para ello en caso de que no hubiera lugar”.
A
partir de aquel primer asentamiento, éstos continuarían en varios municipios de
la provincia de Ciudad Real. Las protestas de los propietarios afectados
siguieron una doble vía: el recurso ante el Instituto de Reforma Agraria y el
cauce parlamentario.
En
sesión plenaria de 10 de junio de 1936 del Congreso de los Diputados, el
diputado por Ciudad Real, Andrés Revuelta Melgarejo, de profesión agricultor y
de afiliación política a Renovación Española (de ideología monárquica y
derechista) realizaba una interpelación, que se transcribe literalmente, al Ministro de Agricultura referente a
los asentamientos en España y especialmente en la provincia de Ciudad Real.
“La
agricultura en nuestro suelo debe tener por base la práctica del cultivo
intensivo o del extensivo, según los casos, porque creo y estimo justamente
como un error llevar el cultivo extensivo a sitios donde debe practicarse el
anterior, y viceversa, porque esto va en contra de la economía nacional.
En
preciso realizar en cada localidad aquellos cultivos necesarios, sobre todo por
el clima, por la calidad de la tierra y por el régimen de cultivos.
En
toda España, pero especialmente en Ciudad Real, se está produciendo con los
asentamientos, por la forma como se llevan a cabo, un gravísimo daño a la
agricultura y principalmente a la ganadería, porque se olvida que una de las
riquezas más importantes de España es la ganadera, y así ocurre que en todas las
leyes agrarias, de algún tiempo a esta parte, lejos de tener presente esta
riqueza, parece como si todos tuviesen idea de perseguirla hasta llegar a su
exterminio.”
En efecto, la finca de Navalrosal
era utilizada para pastos.
“Nuevo ganadero. Don Eloy Víctor
Marín, acaudalado agricultor de Fernán-Caballero (Ciudad Real), ha adquirido 70
vacas y un semental a los señores M. de Clairac, para iniciar la formación de
una ganadería de reses bravas.” (La Nación, 25 de mayo de 1934).
Y por otra parte, también añadía el
diputado Melgarejo:
“Con ello [los asentamientos] lo que
se consigue es agravar el problema del trigo. Como en España lo producimos en
condiciones poco económicas no podemos exportar ese cereal. Por tanto, no se
debe cultivar más cantidad que la necesaria para el consumo del país.
Con los asentamientos y por la
continuación de la producción, estamos dando lugar a que llegue un momento en
que, lo mismo con años malos que con años buenos, se produzca en España mucho
más trigo del que se pueda consumir, y entonces no sabremos qué hacer con este
cereal, porque no lo obtenemos en condiciones de poderlo exportar, pues hay
países que lo producen en tales condiciones, por la fertilidad de su suelo, por
las condiciones de los jornales, debido especialmente al maquinismo, que nunca
podremos competir con ellos en los mercados extranjeros.
Mientras el trigo se está
produciendo en esta forma antieconómica, sin saber qué hacer con él, en cambio
cada día es mayor el número de pesetas que se emplean en la importación de
carnes congeladas del extranjero. Se está creando el problema de las carnes que
antes no existía.
Una de las principales exportaciones
que tenía España – que está desapareciendo – es la de las pieles, tanto en
crudo que curtidas. Primer país de Europa en la exportación de la cabritilla,
una de las pieles de más valor, desaparecido, porque los terrenos que se
dedicaban a la ganadería se están roturando.”
Y concluía, como tercer argumento,
que:
“Con esto se deja en paro quizá a mayor
número de hombres que representa el de los asentados; porque es evidente que si
a este propietario se le quitan los barbechos tiene que desprenderse de los
diferentes criados y muleros que tenía ocupados.”
Los yunteros inician "gozosamente" sus primeras labores en la finca de Navalrosal (Foto de Cortés, Mundo gráfico, 8 de abril de 1936).
A lo que respondía el Ministro de Agricultura, Ruiz Funes:
“Si la Reforma agraria se va a hacer
por los propietarios de las fincas, sobra el Instituto de Reforma Agraria y
sobra el Ministro de Agricultura. La Reforma agraria la dirigimos nosotros. No
la dirigimos – lo he dicho reiteradamente – con instinto de ataque a la
propiedad, sino con sentido de justicia en la redistribución de la propiedad, y
es para los propietarios que se prestan a ella la prima de, un seguro, porque,
en definitiva, con las variaciones que está experimentando en el mundo entero y
en países de tipo capitalista la propiedad de la tierra, es preciso ir cediendo
un poco.”
Añadía que al Ministerio sí le
importaba la ganadería y que los asentamientos de los yunteros tenían carácter
provisional y, en virtud del decreto de 3 de marzo, se hacían mediante listas
que facilitan los alcaldes y que los ingenieros agrónomos controlaban, con el
fin de separar a aquellos supuestos yunteros que no lo fueran y que
indebidamente vinieran incluidos en las listas.
El
ministro Ruiz Funes, en sede parlamentaria, declaraba además que entre marzo y junio
se habían ocupado quinientas fincas en la provincia (algo más de 26.000
hectáreas, 7.000 campesinos asentados y 29 localidades beneficiadas). En la
provincia de Ciudad Real, la mayoría de fincas, se confiscaron por utilidad
social; en otras provincias se realizó por motivos políticos.
Por
último, en cuanto a la oposición de los propietarios, el ministro indicaba que,
en la provincia de Ciudad Real, tan sólo se habían planteado 36 recursos frente
a las 500 fincas ocupadas.
"El yuntero ha soltado del carro la yunta y se dispone a comenzar su labor sobre la tierra jugosa, empapada por las lluvias recientes" (Foto de Cortés, Mundo gráfico, 8 de abril de 1936).
"El yuntero ha soltado del carro la yunta y se dispone a comenzar su labor sobre la tierra jugosa, empapada por las lluvias recientes" (Foto de Cortés, Mundo gráfico, 8 de abril de 1936).
APLICACIÓN DEL DECRETO DE URIBE EN FERNÁN CABALLERO Y REVERSIÓN DE LA PROPIEDAD TRAS LA GUERRA CIVIL. (Pulse si desea conocer más).
HOSTA, José de. Crónica de la provincia de Ciudad
Real. Madrid, 1865.
FUENTES DE REFERENCIA
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ARTÍCULOS
La
filoxera en España y su difusión espacial: 1878-1926. Juan Piqueras Haba.
REVISTAS
Y PERIÓDICOS
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Ahora
Crónica
meridional
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Revista
de Obras Públicas
Vida
Manchega
PROYECTOS
Proyecto
primitivo del Pantano de Navarredonda. Bernardo Granda. 1900
FUENTES
DOCUMENTALES
Agencia Estatal
Boletín Oficial del Estado. (www.boe.es)
Archivo de la
Administración General del Estado.
Archivo municipal del
Excmo. Ayuntamiento de Fernán Caballero.
Biblioteca Nacional de
España. Hemeroteca Digital (http://www.bne.es/es/Catalogos/HemerotecaDigital).
Biblioteca Pública del
Estado en Ciudad Real.
Boletín Oficial de la
Provincia de Ciudad Real (http://bop.sede.dipucr.es/buscadorHistorico)
Diario de Sesiones del Congreso de los
Diputados (http://www.congreso.es/est_sesiones/).
Ministerio
de Educación, Cultura y Deporte (http://prensahistorica.mcu.es/)
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