sábado, 6 de enero de 2018

LA PRIMERA ALCALDESA EN FERNÁN CABALLERO

El día que Carmen Hornero y Hornero llegó a Fernán Caballero, junto a su marido Enrique Duarte, para desempeñar el puesto de maestra interina, no se le pasó por la imaginación que llegaría a ser nombrada primera alcaldesa de aquel municipio, perdido en la Mancha, en enero de 1933.

Independiente, tecnócrata, con sentido del deber, impulsó la educación primaria, como herramienta para frenar el analfabetismo, y el regadío, como fuente de riqueza en el municipio manchego, procurando mejoras urbanísticas e intentando paliar la precariedad laboral.

De justicia es que Fernán Caballero, en defensa de la igualdad real entre mujeres y hombres, la conozca y la recuerde, como primera mujer que presidió su Ayuntamiento y que luchó por los intereses generales del pequeño municipio manchego.

Carmen Hornero, alcaldesa de Fernán Caballero
(Estampa, 11 de febrero de 1933)

¿POR QUÉ UNA ALCALDESA PARA FERNÁN CABALLERO?

Corre la década de los treinta del siglo XX, los tiempos de la II República. Por esa época, Fernán Caballero tiene una población que asciende a 2.258 habitantes (Datos INE, para 1930), distribuyéndose de la siguiente manera:

  •       Casco urbano:    1973
  •       Estación:           8
  •       Diseminados:     277
En el municipio hace ya años que se ha construido un embalse (1900-1915), llamado de Gasset (Gaceta de Madrid, nº 231, 18 de agosto de 1932) con el objetivo de generar una zona de regadío; sin embargo, para completar aquel objetivo es necesario el desarrollo de un canal de riego y una red de acequias, que se están ejecutando por esos años.

Las anteriores elecciones municipales habían tenido lugar el 12 de abril de 1931. Unas elecciones muy trascendentales, en tanto que determinaron la llegada de la Segunda República Española. Las mismas se habían llevado a cabo de conformidad con lo dispuesto en la ley electoral aprobada por las Cortes y sancionada por el rey Alfonso XIII el 8 de agosto de 1907 (Gaceta de Madrid, nº 222, 10 de agosto de 1907).

En dicha legislación electoral, se recogía, en el artículo 29 que: “En los distritos donde no resultaren proclamados candidatos en mayor número de los llamados a ser elegidos, la proclamación de candidatos equivale a su elección y les releva de la necesidad de someterse a ella”. Lo que venía a decir que en aquellos municipios en los se presentara una sola candidatura, sus integrantes se convertían automáticamente en concejales, sin necesitar la celebración de las elecciones (“La proclamación como elegidos en la forma a que se refiere el presente artículo [29] se publicará en todo caso y sin demora en el Boletín oficial de la provincia o en la parte exterior de los colegios electorales cuando se trate de concejales, a fin de que los electores y las mesas sepan que no habrá votación en el distrito respectivo”).

En Fernán Caballero, en aquel abril de 1931, no hubo elecciones municipales. Así lo certifica con fecha 5 de abril de 1931, Balbino Recuero Grande, Secretario de la Junta municipal del censo electoral, (Boletín oficial de la provincia de Ciudad Real, nº 48, 13 de abril de 1931): 
 a virtud de coincidir el número de vacantes que habrán de cubrirse con el de candidatos, de acuerdo con el artículo 29, párrafos 1º y 2º de la ley electoral, se declararon definitivamente elegidos a los señores siguientes:
Distrito único – Sección 1ª – Escuela de niños
  •       Fortunato Ferreras Carvajal
  •       Manuel Morales Céspedes
  •       Carmelo Santos Sánchez
  •       Agustín Huertas López
  •       Manuel Estrada Dorado
 Distrito único – Sección 2ª – Escuela de niñas
  •       Eloy Víctor Morales
  •       Alberto Marín Torres
  •       Gabriel Barba Torres
  •       Amalio Vera Ruiz
  •       Ricardo Muñoz López”.
Sin embargo, el 30 de diciembre de 1932, las Cortes aprueban una ley (Gaceta de Madrid, nº 6, 6 de enero de 1933) con el fin de constituir nuevas corporaciones municipales, elegidas democráticamente, y que, por tanto, afectaría a estos concejales proclamados.

Por un lado, en su artículo primero, se indica que dentro de los veinte días  contados a partir de la publicación de dicha ley en la Gaceta de Madrid cesarían en el desempeño de sus cargos aquellos concejales elegidos en virtud de la aplicación el artículo 29 de la ley electoral. Es decir, antes del 26 de enero de 1933, cesarían todos los concejales de Fernán Caballero, que se encontraban en esa situación.

Por otro lado, con el artículo tercero, se crean unas Comisiones Gestoras de la vida municipal que sustituirían a los concejales cesados, en tanto se celebraran nuevas elecciones municipales, en el plazo máximo de tres meses, a contar del cese de los concejales nombrados por el artículo 29 (antes del 26 de abril de 1933).

Con el objetivo de dar debido cumplimiento a esta ley, el entonces alcalde, Eloy Víctor Morales – quien había ya desempeñado este cargo en el municipio entre los años 1909 y 1914 – convoca la sesión inaugural en la que se debía constituir la correspondiente Comisión Gestora para el día 24 de enero de 1933. A la misma, son convocados los concejales que debían de cesar y los nuevos gestores.

Siguiendo las directrices del artículo tercero de esta ley, las Comisiones Gestoras estarían formadas por tres miembros: un funcionario, un contribuyente y un obrero. El nombramiento, además, debía ajustarse a unas determinadas normas.

En relación a los representantes de los contribuyentes y obreros, éstos serían designados por medio de sus agrupaciones respectivas que estuvieran constituidas legalmente en el municipio antes de la aprobación de la ley de 30 de diciembre de 1932. En el caso de Fernán Caballero, la Patronal Agrícola propuso a Pascual Crespo Campesino y la Sociedad Obrera de Oficios Varios a Marceliano Fuentes Illescas. Representantes que además cumplían los siguientes requisitos: saber leer y escribir, no tener más de treinta años de edad ni menos de edad electoral (fijada entonces en veintitrés años) y no haber ejercido cargos durante el periodo de la Dictadura de Primo de Rivera (1923-1930).

Por su parte, la representación del Estado recaería en funcionarios de uno u otro sexo que existieran en el municipio y que no pertenecieran a la Corporación municipal, como podían ser maestros, empleados de Correos, Telégrafos y Obras Públicas y sanitarios. En caso de que hubiera más de un funcionario, se elegiría al más joven. De conformidad a esto, la elección recayó sobre Carmen Hornero y Hornero, maestra interina en Fernán Caballero.

El alcalde saliente, Eloy Víctor Morales, recibió a los nuevos gestores y los instaló en sus sitios, como así consta en el acta de la sesión plenaria de 24 de enero de 1933. Tras ello, el alcalde y los concejales se declaran cesantes. Curioso es de resaltar que, durante su breve legislatura, al alcalde Eloy Víctor Morales, anteriormente ya se le había incoado un expediente para su cese. Fue durante sus primeras fiestas patronales, agosto de 1931, cuando el Gobernador Civil había decretado su destitución y multado con 250 pesetas al resto de concejales por haber autorizado la celebración de una capea en la plaza del pueblo, con motivo de las fiestas patronales de San Agustín (La Voz, 15 de septiembre de 1931). Actos que habían sido prohibidos por una Orden del Ministerio de la Gobernación de fecha 28 de agosto de 1931 en su artículo tercero (Gaceta de Madrid, nº 241, 29 de agosto de 1931). No obstante, el cese solo se recoge en prensa escrita, sin que se haya podido constatar su publicación oficial. De hecho, el alcalde Eloy Víctor Morales seguiría desempeñando su cargo hasta enero de 1933, como ya se ha visto.

Constituida la nueva Comisión Gestora, la presidencia sería nombrada por elección entre los tres gestores, obteniéndose los siguientes resultados:

  •       Carmen Hornero: 2 votos
  •       Marceliano Fuentes: 1 voto.
De esta manera, la señora Hornero, casada con Enrique Duarte, también maestro, y de veintitrés años de edad, se convertía en la primera alcaldesa de Fernán Caballero. En los pueblos pequeños era el maestro o la maestra el único funcionario que el Estado tenía. Fue común, por consiguiente, que en numerosos municipios de pequeña entidad los docentes entrasen a formar parte de las nuevas comisiones gestoras. Por otro lado, en algunas pequeñas localidades, se eligió para el desempeño de la presidencia al docente, de común acuerdo entre los tres vocales, considerándolo como el más capacitado. En el caso de Fernán Caballero, no hubo este acuerdo y se prefirió votar.

Sin embargo, Carmen, la nueva y primera alcaldesa fernanduca, no parecía entusiasmada por el nuevo cargo. “Fue una sorpresa – me dice el marido –. Yo hice cuanto pude porque me eligieran a mí alcalde y evitar a mi mujer todos los trastornos consiguientes. Pero no conseguí nada y la nombraron a ella” (Estampa, 11 de febrero de 1933).

Ese sentimiento fue muy común también entre otras colegas, que pensaban que las maestras no debían intervenir en las cuestiones de los pueblos donde trabajaban o simplemente pensaban que no tendrían tiempo para dedicarse a familia, tareas domésticas, escuela y ayuntamiento, sintiéndose obligadas al desempeño de aquel cargo durante tres meses. Otras mujeres, por el contrario, percibían el desempeño del cargo público como un avance en la consecución de derechos de la mujer y justificaban que gestionarían el presupuesto municipal de forma eficiente gracias a la experiencia en la gestión de su propio presupuesto en el hogar. En la fuente citada, Estampa, 11 de febrero de 1933, pueden leerse distintos testimonios, clasificados en dos principales posturas antagónicas: mujer resignada que debe desempeñar el cargo público frente a mujer comprometida que lo contempla como la opción para alcanzar una igualdad real con respecto al varón. Carmen Hornero perteneció a la primera corriente.

Constituidas las correspondientes Gestoras municipales en la provincia de Ciudad Real, que ascendían a veintiocho, habían resultado nombradas siete alcaldesas en los siguientes municipios: Almedina, Albaladejo, Ballesteros de Calatrava, Caracuel, Fernán Caballero, Poblete y Villahermosa. Todas ellas, maestras nacionales, con la única excepción de la presidenta de Caracuel que era patrona (El Pueblo Manchego, 4 de febrero de 1933).

Aunque la primera mujer en presidir una corporación municipal fue Matilde Pérez Mollá, entre los años 1924 y 1930, durante la Dictadura de Primo de Rivera, durante la Segunda República una serie de motivos permitieron que varias mujeres accediesen al cargo de alcaldesas.

Por un lado, la ley de 30 de diciembre de 1932, por la que entraban a formar parte de las Comisiones Gestoras, el funcionario de menor edad. En el caso de Fernán Caballero, ese requisito era reunido por una mujer.

Por otro lado, el artículo 40 de la Constitución de la República Española de 1931, indicaba que: “Todos los españoles, sin distinción de sexo, son admisibles a los empleos y cargos públicos según su mérito y capacidad, salvo las incompatibilidades que las leyes señalen”. También, en la misma Constitución se garantizaba el sufragio activo de la mujer en el artículo 36: “Los ciudadanos de uno y otro sexo, mayores de veintitrés años, tendrán los mismos derechos electorales conforme determinen las leyes”.

El perfil típico de alcaldesa y maestra nacional en las nuevas presidencias de las gestoras se justifica en el artículo 48 de la citada Constitución: “Los maestros, profesores y catedráticos de la enseñanza oficial son funcionarios públicos”. En muchos municipios el único funcionario era la maestra.

Fue general que, al igual que Carmen, la alcaldesa de Fernán Caballero, otras elegidas no fueran oriundas del municipio, al estar desempeñando allí un puesto en la función pública, en ocasiones de carácter interino, y, por tanto, declaraban incluso no conocer ni los problemas ni las tradiciones del correspondiente municipio.

PEQUEÑAS PINCELADAS DE LA GESTIÓN DE HORNERO

El mandato de Carmen Hornero en Fernán Caballero se extendió desde 24 de enero de 1933 hasta el 10 de mayo de 1933.

En la misma sesión inaugural, se acordó que semanalmente, los jueves, a las doce de la mañana, tendrían lugar las sesiones ordinarias de pleno. Sesiones, a lo largo de tres meses y medio, en las que se adoptarían importantes decisiones en favor del municipio.

La alcaldesa, para la revista Estampa en su número de fecha 11 de febrero de 1933, declaraba sus propósitos: “Quiero que arreglen la plaza del pueblo, que está muy mal. Y que se apruebe la construcción de un grupo escolar”.

Efectivamente, la Comisión Gestora trabajó por conseguir dichos objetivos.
En relación a la remodelación de la plaza, se tomaron los siguientes acuerdos:
Aspecto de la sacristía a la izquierda del ábside.
(Fotografía de Dª María Eugenia Pérez Dorado). 

  • Solicitar al Obispo-Prior de Ciudad Real el traslado de la sacristía – que entonces se localizaba a la derecha del ábside, en la misma Plaza – a la parte posterior – callejón conocido como “Estribos”. Con dicha remodelación, se perseguía ensanchar y ornamentar la entonces Plaza de Pablo Iglesias (sesión plenaria, 26 de enero de 1933).
  • Aprobar proyecto de arreglo de la Plaza (sesión plenaria, 4 de marzo de 1933). Se pretendía remodelar la Plaza convirtiéndola en una especie de glorieta, con aceras y un firme especial en sus laterales.
La remodelación de la Plaza era posible gracias a los siguientes hechos:

  • Las capeas son prohibidas en las plazas, (Real orden prohibiendo en absoluto se corran toros y vaquillas ensegados o en libertad por las calles y plazas de las poblaciones – Gaceta de Madrid, nº 37, 6 de febrero de 1908 – y Orden de 28 de agosto de 1931 disponiendo que los Gobernadores civiles cuiden del exacto cumplimiento de lo mandado en la Real orden de 5 de Febrero de 1908, declarando que las corridas de toros sólo podrán celebrarse en circos construidos de fábrica de modo permanente, y que los Gobernadores civiles procedan a la inmediata destitución de los Alcaldes que autoricen la celebración de capeas en plaza y calles de las poblaciones o de corridas de toro en locales que no reúnan las condiciones marcadas – Gaceta de Madrid, nº 241, de 29 de agosto de 1931). Por tanto, con esta prohibición, no habría necesidad de mantener un espacio abierto en la Plaza del pueblo para la celebración de las capeas por San Agustín, que tenían lugar cada 29 de agosto. De esta manera, algún tipo de fuente ornamental en el centro de la plaza era posible, así como la instalación de bancos y jardines.  
  • El número de vehículos a motor está comenzando a aumentar y es necesario canalizar el tráfico, separando los espacios destinados al vehículo (calzada) de los reservados a los peatones (aceras).
  • Desde el punto de vista urbanístico, los diseños de plazas se están orientando hacia espacios de influencia rural con vegetación, fuentes ornamentales y bancos.
No obstante, el arreglo de la Plaza de Fernán Caballero, no tendría lugar hasta 1947, cuando se llevó a cabo la instalación de bancos, árboles y fuente (Lanza, 25 de agosto de 1947) y una pavimentación entre los años 1948 y 1949 (Lanza, 26 de agosto de 1948).

En cuanto a la promoción de la educación en Fernán Caballero, se tomaron decisivos acuerdos como:

  • Adquisición de estufas para las escuelas de niños y niñas (sesión plenaria, 26 de enero de 1933).
  • Petición de una subvención del Estado para llevar a cabo el proyecto: “Proyecto de adaptación para Escuelas de la casa nº 2 de la Plaza de Pablo Iglesias” suscrito por el Arquitecto Provincial Telmo Sánchez y consistente en adaptar cuatro escuelas unitarias y casa habitaciones para maestros (sesión plenaria, 4 de marzo de 1933). El edificio (plaza Ayuntamiento, nº 2) había sido adquirido anteriormente (Boletín Oficial Provincial, 2 de noviembre de 1932).
Proyecto referido anteriormente.
(Archivo municipal Excmo. Ayuntamiento de Fernán Caballero)

En 1933, el Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes autorizaba la creación de dos escuelas unitarias más, con lo que el número de aulas en Fernán Caballero ascendería a cuatro (dos para niños, dos para niñas), que serían regentadas por:

  •       Dolores Domínguez
  •       Francisco Caballero.
  •       Carmen Hornero, alcaldesa.
  •       Enrique Duarte, marido de Carmen Hornero.
Aparte de estos planes que tenía Carmen Hornero en su cabeza para Fernán Caballero desde el primer momento, se centró en dos cuestiones de relevancia para el municipio manchego: el regadío y la accesibilidad. Para conseguirlo, no dudaría en realizar numerosas visitas, entre ellas, una de las primeras, al Gobernador Civil en Ciudad Real, Ramón Fernández Mato, que lo fue desde 20 de junio de 1932 hasta el 21 de marzo de 1933 (Estampa, 11 de febrero de 1933). Así como al Ministerio de Obras Públicas, si bien, como certifica el secretario del Ayuntamiento de Fernán Caballero, Rafael Dorado Fernández, la Comisión Gestora se había desplazado a Madrid, para evitar una crisis inminentemente obrera en la localidad (libro de actas de Fernán Caballero, 2 de febrero de 1933). La alcaldesa aprovechó su estancia en Madrid para acercarse al Ministerio de Obras Públicas.

Mediante un Decreto de 16 de diciembre de 1931 (Gaceta de Madrid, nº 351, 17 de diciembre de 1931), el tradicional Ministerio de Fomento había pasado a denominarse como Ministerio de Obras Públicas, con la siguiente organización (Gaceta de Madrid, nº 5, 5 de enero de 1932):


  • La subsecretaría
  • La Dirección general de Ferrocarriles, Tranvías y Transportes Mecánicos por Carretera
  • La Dirección general de caminos
  • La Dirección general de obras hidráulicas.
  • El Servicio Central de Puertos y Señales Marítimas, que más tarde se transformaría en Dirección general de Puertos (Gaceta de Madrid, nº 302, 28 de octubre de 1932).
La visita de la Comisión Gestora de Fernán Caballero (Carmen Hornero, Marceliano Fuentes y Pascual Crespo) presidida por su alcaldesa, reflejada en Ahora, con fecha 4 de febrero de 1933, nos describe la misma. En ella estuvieron presentes el entonces subsecretario, Tedomiro Menéndez, y dos directores generales: el de Caminos y el de Puertos.
La alcaldesa, en el encuentro, realizó las siguientes peticiones:

  •    Un libramiento para que se continuase con las obras el canal del embalse de Gasset, que por entonces estaba en construcción por fases. De hecho, al mes siguiente, se licitaba la construcción del “Túnel de los Gatos”, un tramo soterrado de canal de riego.
  •  El arreglo del kilómetro 96 de la carretera Toledo-Ciudad Real (hoy aproximadamente sería el pk 168 de la N-401) que se encontraba en mal estado y con el que, a juicio de la alcaldesa, se ayudaría a paliar en pequeña parte el paro obrero del municipio.
A modo de anécdota, el diario Ahora también refleja que el director general de puertos le preguntó a Carmen si él podría ser útil en algo, a lo que la alcaldesa contestó:
-  Muchísimas gracias; por ahora no… hasta que llegue el mar a mi pueblo hay tiempo” (Ahora, 4 de febrero de 1933).
Días después, en la sesión plenaria de 18 de febrero de 1933, se adoptan acuerdos relacionados con esas peticiones.

Por un lado, se solicita al Ministerio de Obras Públicas que la travesía, compuesta por las calles Marqués de Guerra y Cervantes – hoy calles General Herrera y Real, respectivamente –, se adoquinase en lugar de pavimentarla con asfalto, lo que a juicio de la Comisión sería más seguro y duradero.

También, en la misma sesión, se aprueba la confección de un Plan de acequias con los objetivos de frenar la crisis obrera e intensificar cultivos, con lo que se generaría mayor trabajo y riqueza gracias a la agricultura de regadío.

El empleo y la precariedad laboral también fueron un desvelo para la primera alcaldesa de Fernán Caballero. De tal manera, se fijó el jornal medio de bracero en cuatro pesetas (sesión plenaria, 9 de febrero de 1933).

Por último, habría que señalar otras decisiones, de menor identidad pero no menos importantes, como fueron: intentar recuperar partes de la finca municipal de los Cerrillos usurpadas por los colindantes, el pavimento de calles Ventilla y Sierpes y la supresión del servicio de guardería rural.

Esta supresión, o reorganización de trabajadores municipales, consistió en que los trabajadores del servicio de guardería rural pasaran a convertirse en serenos para garantizar la vigilancia nocturna en el casco de la población. A juicio de la Comisión Gestora, con el servicio de guardería rural sólo los propietarios interesados en custodiar sus fincas rústicas se beneficiaban, mientras que con la existencia de los serenos se garantizaba el interés general de la población.

Así es el resumen de un fructífero y breve mandato de la primera alcaldesa de Fernán Caballero, con una duración de 106 días en aquel 1933.

EL ROL DE LA MUJER, ALCALDESA Y MAESTRA

Si bien la Constitución de 1931 y otras leyes pretendían que la mujer avanzase hacia una igualdad legal, la sociedad no reflejaba una igualdad real de la mujer. A modo de ejemplo, la prensa definía a la protagonista de este artículo, Carmen Hornero, de la siguiente manera:


Es muy joven – veintitrés años –, guapa, simpática” (Estampa, 11 de febrero de 1933).bonita, simpática y con la edad mínima para ejercer cargos políticos” (Ahora, 4 de febrero de 1933).

Resaltando quien redacta el artículo, L. G. L. – sin que se pueda deducir si se trata de un varón o mujer – una serie de calificativos que no guardan ningún tipo de relación con la profesionalidad y el trabajo de la política. El profesional destaca la apariencia física como si de un anuncio publicitario se tratara.

Hoy en día, tal publicidad otorgada a la alcaldesa podría considerarse vejatoria o discriminatoria, según:


Artículo 10. Publicidad ilícita.
[…]se considerará ilícita la publicidad que utilice la imagen de la mujer con carácter vejatorio o discriminatorio.
De Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

Y “Artículo 41. Igualdad y publicidad. La publicidad que comporte una conducta discriminatoria de acuerdo con esta Ley se considerará publicidad ilícita, de conformidad con lo previsto en la legislación general de publicidad y de publicidad y comunicación institucional.
De Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

La prensa, además, incluyó determinados comentarios sobre Hornero que podrían considerarse peyorativos:


Miss autoridad”, título con el que se abría el artículo de una noticia relativa a la alcaldesa Carmen Hornero (Ahora, 4 de febrero de 1933). “Una sonrisa femenina, juvenil en la mayoría de los casos, va a alegrar las sesiones de no pocos Ayuntamientos hasta las próximas elecciones municipales” (Estampa, 11 de febrero de 1933), lo que podría reflejar un lenguaje machista, como si la sonrisa de una mujer fuera imprescindible en la profesionalidad y necesaria para la consecución del bienestar del municipio.

Por último, con la prensa, se pueden conocer los roles que se siguen asignando a la mujer, pese a la igualdad que impera con la nueva Constitución. En boca de la misma alcaldesa se ponen las siguientes palabras: “y desde entonces estoy atendiendo a la escuela, al Ayuntamiento y a la cocina”. Una descripción de que, pese a la igualdad legal, no se ha conseguido una igualdad real en el reparto de las tareas domésticas.

Aún quedaba lejos lo que promueve hoy Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en su artículo 14.8: “el fomento de la corresponsabilidad en las labores domésticas y en la atención a la familia”.

Incluso la sumisión de la mujer con respecto al esposo, por tradición, costumbre u otra razón, queda patente en el siguiente comentario de quien redacta el artículo: “la gentil alcaldesa de Fernán Caballero ha tenido el rasgo delicioso de hacer de su esposo algo así como un alcalde consorte. Los dos juntitos presidían las sesiones, o iban al frente de una Comisión para entrevistarse con el gobernador civil” (Estampa, 11 de febrero de 1933).

Hornero y su marido, Enrique Duarte, visitando al Gobernador Civil en Ciudad Real.
(Estampa, 11 de febrero de 1933)

UN FERNÁN CABALLERO PLURAL

Carmen Hornero debía ser alcaldesa hasta las elecciones de abril de 1933. El 28 de marzo de ese mismo año, el Consejo de Ministros aprueba que:


Artículo primero.- Las elecciones para proveer las vacantes ocurridas en los Ayuntamientos, con motivo del cese de los concejales proclamados por el artículo 29 en las elecciones del mes de abril de 1931, se verificarán el domingo 23 del próximo mes de abril.

Los locales para la celebración de cuantas elecciones tuviesen lugar, en Fernán Caballero, tendrían lugar en dos secciones: la primera, en la escuela de niños; la segunda, en la escuela de niñas, ambas sitas en la Plaza de Pablo Iglesias, hoy Plaza del Ayuntamiento (Boletín oficial de la provincia de Ciudad Real, 9 de enero de 1933).

El breve mandato de Carmen Hornero coincidió con aquella campaña electoral. Una época, en la que se empieza a poner de manifiesto la pluralidad de la sociedad fernanduca, si bien es cierto que en Fernán Caballero, durante los años de la Restauración, ya se habían experimentado duros enfrentamientos políticos entre liberales y conservadores: “Fernán Caballero […] es un pueblo suficientemente rico, para ir progresivamente adelantando pero se ha cebado en él la política con sus rencillas y sus arbitrariedades, entorpeciendo no poco su vivir” (El Pueblo Manchego, 30 de agosto de 1921).

Durante este periodo tienen lugar distintos mítines políticos, como ejemplo de libertad de expresión y pluralismo político:

Los radicales socialistas en Ciudad Real.
[…]El Sr. Márquez, abordó, ampliamente el problema de la Reforma Agraria.El Sr. Pérez Madrigal analizó prolijamente el momento político y precisó la posición de los diputados radicales socialistas que representan a la provincia.Los citados oradores se trasladaron a los pueblos de […] Fernán Caballero, donde hablaron sobre los diversos problema que se han resolver para el resurgimiento de España.
En todos los puntos que visitaron fueron objeto de cariñoso recibimiento” (Heraldo de Madrid, 13 de marzo de 1933).

La existencia de radicales, que sería la opción política mayoritaria, se pone de manifiesto con la visita de Lerroux – fundador y líder del Partido Republicano Radical:


El señor Lerroux en Ciudad Real […] En […] Fernán Caballero fue recibido el Sr. Lerroux cariñosamente” (La libertad, 10 de abril de 1932).

Por su parte, la agrupación socialista en Fernán Caballero se constituía el 27 de febrero de 1932 (http://www.psoecr.com) y, con motivo de la visita del Presidente de la República, Niceto Alcalá-Zamora, a Ciudad Real en abril de 1933:

En Fernán Caballero también recibieron cortésmente al Presidente de la República y las Juventudes socialistas colocaron un gran cartel, cruzando la calle por donde había de pasar la comitiva” (El Pueblo Manchego, 28 de abril de 1933).

Aquellas elecciones del 23 de abril fueron las primeras en las que todas las mujeres de Fernán Caballero tenían derecho a votar.


¡Mujeres, votad el próximo domingo! Cada una que dé el ejemplo a las demás” (El Pueblo Manchego, 21 de abril de 1933).

Anteriormente, con el Estatuto Municipal de 8 de marzo de 1924 (Gaceta de Madrid, 9 de marzo de 1924), se establecía un restringido sufragio para la mujer en las elecciones municipales.

El pasivo, es decir que la mujer fuera elegible para el cargo de concejal, si ésta era cabeza de familia, figuraba en el censo electoral del respectivo municipio, sabía leer y escribir – excepto en los municipios de menos de 1.000 habitantes y tener veinticinco años de edad (artículo 84).

El activo, la capacidad para elegir, se restringía a las mujeres mayores de veintitrés años que fueran cabezas de familia (artículo 51).

Sin embargo, este Estatuto municipal nunca llegó a aplicarse porque no se convocaron elecciones municipales durante ese período.

Si bien en aquellas elecciones de 23 de abril de 1933 era la primera vez que cualquier mujer, mayor de edad (fijada entonces en veintitrés años) podía votar, la fecha nunca fue celebrada. La efeméride del voto femenino en España se celebra el 19 de noviembre de 1933, fecha en la que tienen lugar elecciones generales. Hay que recordar que las elecciones de abril de 1933 eran municipales y parciales, ya que sólo afectaba a aquellos municipios donde habían resultado proclamados concejales sin elecciones, de conformidad al artículo 29 de la antigua legislación.

El número de electores en Fernán Caballero ascendía a 1.154 (El Pueblo Manchego, 26 de enero de 1933), sin que se pueda conocer exactamente el número correspondiente a mujeres. En las últimas elecciones celebradas en Fernán Caballero (26 de junio de 2016) el número de electores fue de 868.

Los resultados obtenidos (El Pueblo Manchego, 24 de abril de 1933; La Voz, 24 de abril de 1933) en estas elecciones municipales de Fernán Caballero – que no presentaron ningún incidente a diferencia de numerosos municipios ciudadrrealeños, como Carrión de Calatrava – fueron los siguientes:

  •       1 radical socialista
  •       1 socialista
  •       7 radicales
  •       1 independiente
En total, se reflejan los resultados correspondientes a diez concejales; sin embargo, cuando tiene lugar la sesión en la que Carmen Hornero y el resto de Comisión Gestora cesaban, el 10 de mayo de 1933 (según libro de actas de Fernán Caballero), toman posesión los siguientes nueve concejales:

  •       Aurelio Muñoz
  •       Felipe Víctor Marín
  •       Julián Márquez
  •       Norberto Sánchez
  •       Galo Borja
  •       Crisanto Velasco
  •       Crescencio Dorado
  •       Fortunato Ferreras
  •       Teodosio Herrera
Así concluyó el efímero periodo en que una mujer, Carmen Hornero, gestionó el Ayuntamiento de Fernán Caballero.

Tras estas elecciones, en las que ninguna mujer fue elegida concejala, es elegido alcalde Aurelio Muñoz, que vendría desempeñando el cargo hasta finales de 1935, cuando le sustituyó Crescencio Dorado, que también había resultado elegido concejal en esas elecciones.

Aunque se habían convocado elecciones municipales en 1936 (Gaceta de Madrid, nº 78, de 18 de marzo de 1936), las mismas se suspendieron (Gaceta de Madrid, nº 96, 5 de abril de 1936), no llegándose a celebrar unas elecciones municipales democráticas hasta 1979.

Años más tarde, en 1938, en plena Guerra Civil, otra mujer de Fernán Caballero, Inés Marín Dorado, sería elegida concejala, a propuesta de Radio Comunista. Tomaría posesión de su cargo el 11 de abril de 1938, siendo nombrada Segunda Teniente Alcalde. Cargo que vendría desempeñando hasta los finales de la Segunda República.

FUENTES DE REFERENCIA

FUENTES DOCUMENTALES:

  • Archivo municipal del Excmo. Ayuntamiento de Fernán Caballero.
  • Biblioteca Nacional de España. Hemeroteca Digital. (http://www.bne.es/es/Catalogos/HemerotecaDigital).
  • Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real.
  • Centro de Estudios de Castilla La Mancha (www.uclm.es/ceclm).
  • Constitución de la República Española, 1931.
  • La Gaceta de Madrid (Boletín Oficial del Estado).
  • Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (http://prensahistorica.mcu.es/)
  • Instituto Nacional de Estadística.
  • Partido Socialista Obrero Español Ciudad Real (http://www.psoecr.com/psoecr-historia.php).

REVISTAS Y PERIÓDICOS

  • La Voz
  • El Pueblo Manchego
  • Estampa
  • Heraldo de Madrid
  • Lanza


4 comentarios:

  1. Muy interesante trabajo por dar a conocer una página muy poco divulgada de la historia de Fernán Caballero, con todo lujo de detalles sobre los procedimientos electorales de la época. Y especial interés por aquella joven maestra, sin vocación política, que breve pero dignamente, ejerció el cargo.

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  2. Francamente bueno y muy interesante no conocía nada de la historia de esta maestra pionera en el feminismo de FC.muy meritorio el estudio.Del resto de personajes he llegado a conocer muchos

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