En
la búsqueda de “Estado del bienestar” es fundamental también garantizar un
medio ambiente saludable. Dentro del mismo, alcanzar una buena calidad en las
aguas es crucial para poder llegar a conseguir ese objetivo.
Fernán
Caballero cuenta con hasta cinco masas de agua: una de tipo subterráneo: Campo
de Calatrava, otras de tipo natural, aunque con alteraciones provocadas por el
hombre: río Guadiana, río Becea y río Bañuelos, y una formada por el ser humano
a principios del siglo XX: el embalse de Gasset.
Sobre
cada una de ellas, se identificarán las distintas acciones humanas que pueden
llegar a provocar diferentes deterioros y se analizará el estado de su calidad
según lo dispuesto en el nuevo Plan Hidrológico del Guadiana (2015-2021). El
conocimiento del estado de calidad de las mismas refleja la situación medioambiental
en que se encuentran las aguas en Fernán Caballero.
FERNÁN CABALLERO EN LA UNIÓN EUROPEA
El 1 de enero de 1986,
de conformidad al Tratado de Madrid (firmado el 12 de Junio de 1985 en el
Palacio Real), España se adhería a la Comunidad Económica Europea, asociación
económica y política que más tarde evolucionaría hacia la actual Unión Europea
(UE). Fernán Caballero, aquel día, empezaba a ser un pueblo europeo.
La entrada en la UE supondría
liberalizar y ampliar mercados en lo que a personas, bienes, servicios y
capitales se refiere, pero además, entre otras ventajas, España comenzaría a
implantar distinta legislación europea, a través de lo que en derecho
comunitario se conoce como transposición.
Desde su nacimiento,
la UE siempre ha mostrado una especial sensibilidad con el medio ambiente.
Consciente de que su protección implica la protección de la calidad de vida de
los ciudadanos, se ha desarrollado en los últimos años algunas de las normas
medioambientales más rigurosas del planeta. Estas normas tienen en general la
forma de Directiva, que luego los Estados Miembros, entre ellos España, han de
transponer a su ordenamiento jurídico (leyes, reales decretos…) para conseguir dichos
objetivos.
En este sentido, en
relación con las aguas, el 23 de octubre de 2000 el Parlamento Europeo y el
Consejo de la Unión Europea aprobaron la Directiva 2000/60/CE por la que se
establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de
aguas, más conocida como Directiva Marco del Agua, y en adelante DMA.
Fue transpuesta a
nuestro ordenamiento jurídico con la ley 62/2003, modificando el texto
refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de
20 de julio.
El
principal objetivo de la DMA es garantizar el buen estado de las aguas
superficiales y subterráneas en toda Europa y, por consiguiente, también en las
aguas de Fernán Caballero.
Para conseguirlo, la
DMA trajo consigo una serie de exigencias, que se irán abordando en lo que al
término de Fernán Caballero se refiere:
-
La
constitución de Demarcaciones Hidrográficas.
-
La
delimitación de masas de agua, como ríos, embalses y subterráneas.
-
El
estudio de las repercusiones de la actividad humana en el estado de las aguas
superficiales y subterráneas.
-
La
evaluación del estado de las aguas.
-
La
propuesta de una serie de medidas para alcanzar el buen estado.
LA CONSTITUCIÓN DE LAS DEMARCACIONES HIDROGRÁFICAS
Dice el artículo 3 de
la DMA que:
“Los Estados miembros especificarán las cuencas hidrográficas situadas
en su territorio nacional y, a los efectos de la presente Directiva, las
incluirán en demarcaciones hidrográficas” (zona marina y terrestre
compuesta por una o varias cuencas hidrográficas vecinas y las aguas subterráneas
y costeras asociadas).
La cuenca hidrográfica
es la superficie de terreno cuya escorrentía superficial fluye en su totalidad
a través de una serie de corrientes, ríos y, eventualmente, lagos hacia el mar
por una única desembocadura, estuario o delta. El ejemplo que corresponde a
Fernán Caballero es el río Guadiana.
Otro concepto,
mencionado en la legislación de aguas, es la subcuenca, superficie de terreno
cuya escorrentía superficial fluye en su totalidad a través de una serie de
corrientes, ríos y, eventualmente, lagos hacia un determinado punto de un curso
de agua (generalmente un lago o una confluencia de ríos). En Fernán Caballero, se
localizan dos casos de subcuencas: Becea y Bañuelos.
Fernán
Caballero pertenece, por tanto, exclusivamente a la Demarcación Hidrográfica del Guadiana. Pero no
hay que olvidar que en este asunto de constitución de Demarcaciones
Hidrográficas, España iba muy adelantada. Rafael
Gasset y Chinchilla, muy relacionado con el municipio manchego, siendo Ministro
de Agricultura, Industria, Comercio y Obras Públicas, en 1900, en una de sus
primeras gestiones, reorganiza el
Servicio Hidrológico y crea siete divisiones de trabajos hidráulicos (Real
Decreto publicado en La Gaceta de Madrid en fecha 12 de mayo de 1900). Con
anterioridad, el servicio hidrológico en España había quedado encomendado a las
Jefaturas de las distintas provincias, y con la nueva organización, surgían las
siguientes divisiones de trabajos hidráulicos:
- Miño y vertiente septentrional cantábrica
- Duero
- Tajo
- Guadiana
- Guadalquivir
- Júcar y Segura
- Ebro y vertientes de los Pirineos orientales
Fernán Caballero, surcado por los ríos Becea, Bañuelos y Guadiana, se
englobaba dentro de la División de Trabajos hidráulicos del Guadiana.
La jefatura de ésta residiría en Ciudad Real y su plantilla estaría
compuesta por un ingeniero jefe, cinco ingenieros subalternos y diez ingenieros
ayudantes, sin contar a los delineantes y escribientes. “La
nueva organización
—señalaba El Imparcial, periódico cuyo propietario era el mismo Gasset — no origina aumento alguno ni en el personal
ni en los gastos”.
Por tanto, se puede considerar que Gasset se adelantó 100
años a los intereses medioambientales y de gestión del agua de la Unión Europea
en lo que a constitución de Demarcaciones Hidrográficas se refiere.
CINCO MASAS DE AGUA EN FERNÁN CABALLERO
Una vez enmarcado
Fernán Caballero en la Demarcación Hidrográfica del Guadiana, se va a proceder
a identificar qué masas de agua existen en la misma, lo que quiere decir, qué
ríos, lagos, embalses, entre otros se encuentran.
Históricamente, ya las
relaciones topográficas, en tiempos de Felipe II, siglo XVI, decían acerca de
la hidrografía de Fernán Caballero:
En relación a las
aguas superficiales:
“20.
Pasa a una legua de esta villa el río de Guadiana y viene de hacia donde sale
el sol y corre hacia el poniente y está el pueblo a la parte de hacia el norte,
y es río al levante y mediodía, es río caudaloso y hondo. Tiene otro arroyo
[Bañuelos] que no es natural que corre algunos años cuando son muy lloviosos;
pasa por cerca del pueblo a dos tiros de ballesta, está el arroyo abajo del
pueblo hacia el poniente.”
En relación a las
aguas subterráneas:
“23.
Es pueblo abundoso de aguas dulces de pozos; hay una laguna de agua que se dice
el Congosto que es por do pasa el arroyo dicho y es muy honda y está media
legua del pueblo. Hay tres fuentes: la una a par de la dicha laguna, la otra se
llama la fuente la Cebolla [y] está medía legua del pueblo, y la otra se llama
la fuente de los Pinos de Val de Santa María [y] está legua y media del
pueblo”.
Observando cartografía
de finales del siglo XX (1887), se observan en el entorno de Fernán Caballero,
tres ríos: Guadiana, Bañuelos y Becea; así como numerosos pozos, lo que viene a
certificar la existencia de recursos subterráneos.
Instituto Geográfico Nacional. 1887
Durante el siglo XX,
se producirán una serie de circunstancias que van a convertir estas masas de
agua, en un origen, naturales, en alguna masa de agua muy modificada:
-
Una
presa sobre el río Becea, que genera un “lago” aguas arriba y varía caudales y
sedimentos aguas abajo.
-
Un
azud sobre el río Bañuelos, que por un lado produce una alteración en los
caudales del mismo y por otro una derivación de aguas hacia el embalse de
Gasset a través del Canal de Alimentación.
-
Un
encauzamiento y rectificación del río Bañuelos, que perseguía el objetivo de
reducir las inundaciones que destruían los regadíos del municipio.
Antes de identificar
las distintas masas de agua en Fernán Caballero, es útil conocer cómo se podrían
clasificar las distintas masas de agua que podrían darse en Fernán Caballero,
de conformidad a lo dispuesto en la DMA:
-
Masa
de agua superficial
o
Río
o
Lago
o
Agua
de transición
o
Agua
costera
o
Masa
de agua superficial artificial
o
Masa
de agua superficial muy modificada
-
Masa
de agua subterránea
Actualmente, en el
municipio manchego, según el último Plan Hidrológico de la demarcación
hidrográfica del Guadiana, se delimitan las siguientes masas de agua:
Río
Guadiana:
Río Guadiana, separando los T.M. de Fernán Caballero y Carrión de Cva.
Que cruza al este de Fernán Caballero,
separando su término municipal del
de Carrión de Calatrava. En él llegaron
a existir molinos harineros, como el de
Malvecinos. Se trata de un tramo
canalizado por el ser
humano y que
presenta un régimen de caudales afectados por la regulación de Puente Navarro
(Daimiel).
De conformidad a lo
dispuesto en el Real Decreto 817/2015, de 11 de septiembre, por el que se
establecen los criterios de seguimiento y evaluación del estado de las aguas
superficiales y las normas de calidad ambiental, este tramo tiene una tipología
conocida como perteneciente a “Ejes mediterráneo-continentales
mineralizados”.
Río
Bañuelos:
Río Bañuelos, cerca de Fernán Caballero
Pertenece a la cuenca
alta del Guadiana, siendo un afluente del mismo junto a otros como Bullaque,
Tirteafuera, Cigüela y Jabalón.
Nace entre las Sierras
del Pocito y el Robledo, en la fuente del Rosalejo, en la zona sur de los
Montes de Toledo, al límite de la provincia de Ciudad Real, en el término
municipal de Los Cortijos. Desemboca en el río Guadiana por su orilla derecha,
formando una de las colas del embalse del Vicario, en el término municipal de
Miguelturra.
Los afluentes
principales del mismo son el río Becea y el arroyo de los Cortijos, ambos por
la margen derecha. Además posee otros arroyos de menor entidad sin cuenca
propia, como de Verdelpino, del Retamar, de Tamujo, de la Atalaya y de la
Zarzuela.
Como se ha comentado,
a su paso por Fernán Caballero, el río Bañuelos venía produciendo graves
inundaciones, afectando a las huertas aledañas e incluso a las viviendas de la
periferia. Por dicha razón, se llevó a cabo las mencionadas actuaciones de encauzamiento,
canalización y protección a lo largo de un tramo de 19 km, es decir un 25% de su
longitud total, que asciende a 75 km.
Según RD 817/2015, en
cuanto a tipología se clasifica como: “Ríos de la baja montaña mediterránea
silícea”.
Río
Becea
El río Becea, afluente
del río Bañuelos a 2.400 metros aguas abajo de Fernán Caballero, nace a 630 m
en los conjuntos meridionales de los montes de Toledo, concretamente en la
ladera de la Sierra de Fuenluenga, en el término municipal de Malagón.
El Becea, de escasa
pendiente, cuenta con varios afluentes de carácter torrencial, entre los que se
pueden identificar, en su margen izquierda:
- El arroyo de Valdebenito.
- El arroyo de Valle del Lobo.
- El arroyo de los Molinos, que en la
actualidad tiene un pequeño embalse que regulariza el aporte de caudal al río
Becea.
Y por su margen
derecha los siguientes:
- El arroyo de Valdeborrachos, que
nace en el puerto de Valdecarro.
- El arroyo de la Noria.
- El arroyo de los Pinos, que recoge
las aguas de varios: Rinconada, Marín, Majavieja y Cabezaparda, que nacen en la
Sierra del Mortero, en Fernán Caballero.
- El arroyo de Buen Grande, que, con
la construcción del embalse, directamente desembocaría en el mismo.
- El arroyo de Navalrosal, con origen
en las Sierras de Casalobos y del Gigante, y que, al igual que el anterior,
directamente moriría en el embalse.
La superficie total de
su cuenca es de 176 km2 aproximadamente, extendiéndose en dos
términos municipales, el de Malagón y el de Fernán Caballero.
Las aguas embalsadas
por la presa se extienden desde el encuentro del arroyo de los Pinos con el
Becea hasta la intersección de éste con el camino vecinal de Ciudad Real al
Cristo del Espíritu Santo. La longitud del río hasta el embalse de Gasset es de
20,5 km y de 3,5 km desde la presa hasta su desembocadura en el río Bañuelos.
El actual Plan
Hidrológico de Cuenca del Guadiana, identifica para el río Becea:
o
Río
de la Becea I, con una longitud de 6,223 km, desde su nacimiento hasta la cola
del embalse de Gasset.
Río Becea, aguas arriba
o
Río
de la Becea II, con una longitud 3,264 km, que se encuentra en Fernán
Caballero, desde la presa de Gasset hasta su encuentro con el río Bañuelos.
Río Becea, aguas abajo
Según RD 817/2015, la
tipología de este río, como el Bañuelos, pertenece a río de la baja montaña
mediterránea silícea.
Embalse
de Gasset
Según la DMA, a diferencia de los otros casos, se clasifica como una masa de agua río
modificada por embalse y asimilable a lago. Lo que viene a decir que no se
trata de una masa de agua natural, sino que la acción antrópica, del ser humano,
dispuso una presa en un cauce natural, en el Becea, provocando, que aguas
arriba se formase un embalse, con cierta apariencia a un lago, y aguas abajo
con un régimen de caudales alterado. En síntesis, se trata de una masa de agua
superficial que, como consecuencia de alteraciones físicas producidas por la
actividad humana, ha experimentado un cambio sustancial en su naturaleza.
Presa de Gasset
El objetivo original
de la presa – impulsada por Rafael Gasset – fue impulsar el regadío en la zona,
siendo en la actualidad de unas 960 hectáreas. Posteriormente, también serviría
para uso urbano, abasteciendo de agua potable a varios municipios como: Fernán
Caballero, Ciudad Real, Miguelturra, Carrión de Calatrava, Alcolea de
Calatrava, Poblete, Torralba de Calatrava, Picón, Malagón y, en un futuro,
Fuente el Fresno. Además de para estos usos, cumple una misión muy importante:
laminar avenidas, con lo que se empezaron a reducir esos graves efectos que
traían las inundaciones de los ríos Becea y Bañuelos, que venían a destrozar la
agricultura del municipio.
Esta masa de agua
tiene una superficie de 6,9 km2 y un volumen máximo teórico de 38,9 hm3.
En cuanto a su
tipología, de conformidad al RD 817/2015, se trata de un embalse monomíctico,
calcáreo de zonas no húmedas, pertenecientes a ríos de cabecera y tramos altos.
En el término municipal del municipio, existen otras
aguas superficiales, como la laguna de Valdelobos, pero que no cuentan con esa
identidad, porque no cumple, lo dispuesto en la Instrucción de Planificación
Hidrológica:
“Se considerarán como masas de agua
significativas de esta categoría aquellos lagos y zonas húmedas cuya superficie
sea superior a 0,08 km2 y que, al mismo tiempo, tengan una profundidad máxima
superior a 3 metros, así como todas aquellas con una superficie mayor de 0,5
km2, con independencia de su profundidad.”
Otras susceptibles de
identificarse como masas de agua, de naturaleza artificial, una masa de agua
superficial creada por la actividad humana, (el canal de riego y el canal de
alimentación), porque de las siguientes condiciones no cumplen la última:
“a) Que previamente a la alteración
humana no existiera presencia física de agua sobre el terreno o, de existir,
que no fuese significativa a efectos de su consideración como masa de agua.
b) Que tenga unas dimensiones
suficientes para ser considerada como masa de agua significativa.
c) Que el uso al que está destinada
la masa de agua no sea incompatible con el mantenimiento de un ecosistema
asociado y, por tanto, con la definición de un potencial ecológico.”
Masa
de agua subterránea Campo de Calatrava
Las aguas subterráneas
de Fernán Caballero pertenecen a la masa de agua subterránea Campo de Calatrava,
que con una extensión de 2.022 km2 se encuentra en la zona oriental de la
cuenca del Guadiana (Alto Guadiana). Limita al norte con el río Becea, al oeste con la
divisoria hidrográfica Becea-Bullaque, al sur con la divisoria
Guadiana-Guadalquivir y al este con el acuífero Mancha Occidental I, más
conocido como acuífero 23.
A finales del siglo XIX, la Ley de Aguas que regía era la de 1879, que
estaría vigente hasta 1985. En la misma se indicaba que:
“Artículo 18. Pertenecen al dueño de un predio en
plena propiedad las aguas subterráneas que en él hubiera obtenido por medio de
pozos ordinarios.
Artículo 19. Todo propietario puede abrir
libremente pozos ordinarios para elevar aguas dentro de sus fincas, aunque con
ellos resultasen amenguadas las aguas de sus vecinos. Deberán sin embargo
guardarse la distancia de dos metros entre pozo y pozo dentro de las
poblaciones y de 15 metros en el campo entre la nueva excavación y los pozos,
estanques, fuentes y acequias permanentes de los vecinos.”
Esto significaba que, a diferencia de los tiempos en que corren
actualmente, cada propietario podía libremente aflorar las aguas que quisiera
mediante pozos ubicados en su finca.
El uso de pozos fue
muy importante desde dos puntos de vista: el agrícola y el uso urbano.
En relación, con la
agricultura, las aguas para riegos eran subterráneas que se alumbraban por medio de
pozos, con una profundidad de seis o siete metros, y se elevaban con norias
árabes movidas por fuerza animal, siguiendo así un sistema primitivo y rudimentario.
En cuanto al uso
urbano, Fernán Caballero, por esta época, carece de fuentes públicas en su casco
urbano. El agua para consumo humano y otras labores domésticas se obtenía de
los pozos que en la vivienda existiesen o de distintas surgencias naturales de
agua: Fuente Techada, Fuente de la Cebolla, Fuente del Pocico y Fuente del
Congosto, algunas de ellas ya identificadas siglos atrás en las Relaciones
topográficas de Felipe II. Todos estos afloramientos se localizaban en la
influencia de las vegas de los ríos Bañuelos y Becea y a una relativa distancia
corta al municipio.
Antigua Fuente del Mirador.
En síntesis, se identifican cinco
masas de agua en Fernán Caballero:
-
Río
Guadiana
-
Río Becea
-
Río
Bañuelos
-
Embalse
de Gasset
-
Masa de
agua subterránea Campo de Calatrava
¿QUÉ PELIGROS TIENEN LAS AGUAS DE FERNÁN CABALLERO?
Para
conocerlos, es necesario, como indica la DMA, identificar el tipo y la magnitud
de lo que se conoce como presión, cualquier actividad humana que incida sobre
el estado de las aguas y a la que puedan verse expuestas las mismas.
-
Fuentes puntuales de contaminación
Hace referencia a aquellos vertidos procedentes
de instalaciones y actividades urbanas, industriales, agrarias y de otro tipo
de actividades económicas. De conformidad al censo de vertidos autorizados en
la Confederación Hidrográfica del Guadiana, se pueden encontrar los siguientes:
-
Sobre el río Bañuelos:
o
Vertido urbano desde Estación
Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) de Los Cortijos (Los Cortijos de Arriba –
Los Cortijos de Abajo) sobre el arroyo del Cortijo, afluente del río Bañuelos.
o
Vertido urbano desde EDAR
del núcleo de Malagón.
o
Vertido urbano desde EDAR
del núcleo de Fernán Caballero.
Históricamente el río Bañuelos ha presentado un
deterioro grave como consecuencia de los distintos vertidos. La construcción de
las distintas estaciones depuradores de aguas residuales en Los Cortijos,
Malagón y Fernán Caballero, y el establecimiento de valores límites de emisión,
es decir, un nivel máximo de contaminantes en los vertidos, para cumplir los
objetivos de la DMA y de la Directiva 91/271/CEE del Consejo, de 21 de mayo de
1991, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas, ha mejorado su
situación.
-
Sobre el río Becea:
o
Aunque los efectos sobre
este río no han sido tan evidentes como en el caso del río Bañuelos, en el
mismo se localiza el procedente del núcleo urbano de Fuencaliente, pedanía de
Malagón.
-
Sobre
masa de agua subterránea Campo de Calatrava.
o
Según
el censo, existen varios vertidos puntuales procedentes de viviendas aisladas y
de un centro educativo juvenil en rústico en el término municipal de Fernán Caballero,
que vierten sus aguas subterráneas al terreno a través de diferentes sistemas,
como zanja filtrante, pozo filtrante o filtro verde.
-
Fuentes de contaminación difusa
Existe otro tipo de
contaminación que a diferencia de la anterior, no tiene un origen específico,
concreto o puntual, sino que se da en toda una zona o región. En esta línea, se
destacan las siguientes presiones:
-
Tanto
sobre los terrenos aledaños al Río Bañuelos como al Becea se ha desarrollado
una agricultura de regadío, así como una ganadería no estabulada de tipo bovina
y ovina.
-
En
la sierra de los Cabezos, que limita con el embalse de Gasset, se ha venido
dando agricultura de secano.
-
Por
último, agricultura, tanto de secano como de regadío, y ganadería extensiva sobre
la masa de agua subterránea Campo de Calatrava.
La agricultura puede provocar
problemas en el agua por el uso de fertilizantes, orgánicos e inorgánicos, así como
de fitosanitarios. Desde el siglo XVII, se han venido empleando en agricultura fitosanitarios
naturales, pero desde el desarrollo de la química industrial, en los años
cuarenta, se empiezan a usar masivamente fitosanitarios sintéticos como el DDT,
compuesto cuya concentración en aguas está limitada en aras de garantizar su
buen estado.
Cuando la región es de regadío, la
repercusión de la agricultura sobre la calidad acuática en ríos aumenta, ya que
las aguas utilizadas para regarlos cultivos contribuyen al escurrimiento y
filtración de las sustancias tóxicas hacia aguas superficiales y subterráneas. Por
esta razón, es muy importante, la concienciación del agricultor para un uso
razonable de plaguicidas y nitratos, en aras de no alterar la calidad de las
aguas.
En cuanto a la ganadería, al ser
extensiva y de tipo bovina y ovina, presenta menores riesgos para la calidad
del agua, que por ejemplo otro de ganadería, como la porcina, cuyos residuos
fecales, purines, sí pueden repercutir gravemente en el estado de las aguas.
La zona de Fernán Caballero está
declarada como vulnerable: superficie territorial cuya escorrentía o filtración
afecta o puede afectar a la contaminación por nitratos.
-
Extracción de aguas superficiales
Otra presión es la
extracción significativa de agua superficial, del embalse de Gasset, para los
usos urbanos y agrarios. Según consta en el actual plan hidrológico de cuenca,
para el año 2021, se estima que para abastecimiento de agua potable a los
municipios citados se demande en torno a 8,2 Hm3 al año, mientras
que para satisfacer las demandas agrarias de la zona regable de Fernán
Caballero y Miguelturra se empleen 5 Hm3 al año, del embalse de
Gasset con una capacidad teórica de 41 Hm3.
La derivación de agua
que se realiza del río Bañuelos hacia el embalse de Gasset a través del canal
de alimentación constituye otra variación importante en el caudal del río. Su
proyección, a principios del siglo XX, se inspiró en un sistema romano, por el
que se disponían presas sobre cuencas secundarias [Becea], dotadas de aguas
derivadas de cauces principales [Bañuelos]. Las presas romanas de Proserpina y
Cornalvo, en Badajoz, ejemplifican dicho sistema. Sin embargo, para el pueblo
vecino de Malagón significaba perjudicar sus propias huertas para beneficiar a
Fernán Caballero.
Azud sobre el río Bañuelos, en el T. M. de Malagón.
En el caso de las
aguas subterráneas, con un recurso total disponible de 19,9 Hm3/año, se demanda un consumo de
63 Hm3/año en toda la extensión de la masa de agua. Lo que implica
un índice de explotación (consumo/recursos disponibles) de 3,17.
-
Alteraciones morfológicas y regulación de flujo
Hay una serie de
alteraciones morfológicas, tanto transversales como longitudinales.
Transversales, hay tres fundamentales. La más importante sobre el río Becea,
con la presa de Gasset. Y otras, de menor entidad, como son un azud sobre el
río Bañuelos y Puente Navarro sobre Guadiana. Además de suponer una reducción
en los caudales circulantes a fluir sobre los ríos, como se ya ha mencionado,
estas barreras transversales traen otras consecuencias como: la reducción de
sedimentos y el impedimento para que los peces y otras especies puedan fluir
libremente por las corrientes fluviales.
Otras alteraciones
morfológicas de tipo longitudinal son el encauzamiento y rectificación del
trazado original de los ríos Bañuelos y Guadiana, que provocan la pérdida de
vegetación de ribera y la erosión de sus márgenes.
EL ESTADO DE LAS AGUAS: LA CALIDAD DE LAS AGUAS
Con el objetivo de
evaluar el estado de las aguas, se seguirá lo dispuesto en la DMA.
Para el caso de las
masas de agua naturales superficiales (río Guadiana, Becea y Bañuelos) se
valora por un lado el estado ecológico y por otro el estado químico.
El estado ecológico
expresa la calidad de la estructura y el funcionamiento de los ecosistemas
acuáticos y se determina a partir de indicadores biológicos (peces, vegetación
de ribera,…), hidromorfológicos (régimen hidrológico, variación de la
profundidad y anchura del cauce, estructura y sustrato del lecho…) y químicos y
físico-químicos (condiciones térmicas, oxigenación salinidad, estado de
nutrientes,…). La clasificación de éste puede ser: muy bueno, bueno, moderado,
deficiente y malo. En el caso de masas de agua muy modificadas, como el caso
del embalse de Gasset, en lugar de estado ecológico se hablará de potencial
ecológico, y se clasificará como bueno o superior, moderado, deficiente o malo.
El estado químico, por
su parte, refleja la calidad de las aguas superficiales en tanto no superen las
concentraciones de determinadas sustancias, como antraceno, benceno,
plaguicidas… Las masas de agua se clasifican como que alcanzan o no el buen
estado químico.
De conformidad, a lo
dispuesto en el actual Plan Hidrológico para la Demarcación Hidrográfica del
Guadiana, los resultados de los estados de las masas de agua son los
siguientes:
-
Río Guadiana
o
Estado ecológico: bueno
o
Estado químico: bueno
o
Estado: bueno o mejor
-
Río de la Becea I: aguas arriba al
embalse de Gasset
o
Estado ecológico: bueno
o
Estado químico: bueno
o
Estado: bueno o mejor
-
Río de Becea II: aguas abajo al
embalse de Gasset
o
Estado ecológico: moderado
o
Estado químico: bueno
o
Estado: peor que bueno
-
Río Bañuelos
o
Estado ecológico: moderado
o
Estado químico: bueno
o
Estado: peor que bueno
-
Embalse de Gasset:
o
Potencial ecológico: moderado
o
Estado químico: bueno
o
Estado: peor que bueno
Una posible justificación
a la peor calidad de las aguas en el río Becea, aguas abajo, y en el río
Bañuelos, se debe a la presencia de barreras transversales, como la presa de
Gasset, el azud sobre el río Bañuelos y la rectificación del mismo.
En relación al potencial
moderado del embalse de Gasset, este viene determinado por la composición,
abundancia y biomasa de fitoplancton, que refleja el estado de eutrofización
del embalse.
La eutrofización viene
a definirse como un proceso complejo de fertilización de las aguas naturales
con sustancias nutritivas, especialmente fósforo y nitrógeno, en forma
asimilable por la vegetación acuática, que origina un aumento de la población
de algas, plantas acuáticas y microorganismos de diferentes clases. Ese aumento
acusado de vegetación provoca una reducción de oxígeno en el agua, empeorando
las características físico-químicas iniciales de ésta y afectando negativamente
la vida de los peces.
En el caso del embalse
de Gasset, su eutrofización tiene una componente natural, asociada al envejecimiento
del embalse, y otra antrópica, dado que una de las sierras que lo limitan,
Sierra de los Cabezos, es cultivable, y la lluvia ha venido durante el paso de
los años arrastrando hasta él fertilizantes inorgánicos empleados en las
labores agrícolas.
A estas sustancias derivadas de la agricultura, hay que
añadir el aporte de materia orgánica que generaban los ganados cuando acudían a
abrevar al Gasset. De ahí, la razón de que en 1995 se vallase el perímetro del
embalse de Fernán Caballero.
Estos factores, junto
al estancamiento del agua en el embalse, pueden conllevar a la proliferación de
cianobacterias, mal llamadas algas verdeazuladas, que potencialmente son
tóxicas.
No obstante, el hecho
de que se dragase el fondo del embalse de Gasset, de que se retirasen los
lodos, durante las sequías de 1981 y 1995, han ayudado a reducir el proceso de
eutrofización en el mismo.
Por su parte, para el
caso de las masas de agua subterráneas se valora por un lado el estado
cuantitativo y por otro el estado químico.
Un mal estado
cuantitativo, según la Instrucción de Planificación Hidrológica, viene dado
cuando el índice de explotación es superior a 0,8. Del apartado de presiones,
se había determinado que el Campo de Calatrava éste asciende a 3,17, por lo que
esta masa de agua subterránea se encuentra en riesgo ya que las extracciones pueden
llegar a superar los recursos anuales disponibles.
En cuanto, al estado
químico, éste no alcanza el buen estado, cuando se superan determinadas concentraciones
en nitratos y en plaguicidas. Según la documentación recogida en el Plan
Hidrológico de la Cuenca del Guadiana, la masa de agua subterránea Campo de
Calatrava no alcanza el buen estado químico al superar el límite establecido
para los plaguicidas.
-
Masa de agua subterránea Campo de
Calatrava
o
Estado cuantitativo: no alcanza el
bueno
o
Estado químico: no alcanza el bueno
¿QUÉ SE PUEDE HACER PARA MEJORAR LA CALIDAD DE LAS
AGUAS?
Cuando no se alcanza
el buen estado en las masas de aguas – principal objetivo de la DMA – se deben
establecer una serie de medidas que ayuden a conseguir el mismo.
En primer lugar, a
principios del siglo XXI, la construcción
de distintas estaciones depuradoras de aguas residuales mejoró la calidad
de las aguas del río Bañuelos.
En relación con el estado
de la masa de agua subterránea del Campo de Calatrava, se publicaba “Anuncio de
la Confederación Hidrográfica del Guadiana sobre Declaración de la masa de agua subterránea Campo de Calatrava en riesgo
de no alcanzar el buen estado cuantitativo” (BOE, número 73, de 27 de marzo
de 2017). Tal declaración exige el establecimiento de un programa de actuación
que reúna: un régimen de extracciones, elementos de control, perímetros de
protección y condiciones de autorización y de planificación territorial,
medidas administrativas para la mejor gestión, así como la constitución de una
Comunidad de Usuarios.
En 2006, el entonces
Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino pone en marcha la
denominada Estrategia Nacional de Restauración de Ríos. El objetivo era
conservar y recuperar el buen estado de los ríos españoles. En este marco, se
llevaron a cabo unas determinadas actuaciones a lo largo del río Bañuelos, así
como en su brazo, bajo el nombre de “proyecto
para la Restauración fluvial Río
Bañuelos”. Consistieron en mejorar la continuidad longitudinal del río, con
la demolición de antiguas obras de drenaje y badenes, que atascaban y
rebalsaban el agua que corría por el río en distintos puntos, y la sustitución
por distintas obras de paso tipo marco. Otras intervenciones se basaron en la
estabilización de orillas y taludes y la restitución de la sección original. El
proyecto se completó con otras tareas como desbroces selectivos, eliminación de
especies heliófitas, mejora de la calidad del agua y el hábitat fluvial con
modificaciones en el lecho, así como instalación de cartelería interpretativa.
Las actuaciones se encuadraron dentro del Plan de Conservación de Cauces y se
llevaron a cabo entre 2007 y 2008.
Algunas futuras
medidas para mejorar el estado de calidad de las aguas del embalse se Gasset son
el control y protección de especies
afectadas por las operaciones de explotación asociados a éste, que también
se llevará a cabo en otros embalses de la provincia como los de Peñarroya,
Vicario y Torre Abraham. Así como la permeabilización
del azud del río Bañuelos para favorecer la continuidad fluvial.
Con
estas medidas, se pretende alcanzar el
buen estado de todas las masas de agua de Fernán Caballero antes de 2027.
FUENTES DE REFERENCIA
BIBLIOGRAFÍA:
- CAMPOS
Y FERNÁNDEZ DE SEVILLA, F. Javier. Los pueblos de Ciudad Real en las Relaciones
topográficas de Felipe II. Diputación de Ciudad Real. 2009.
- DORADO
BERNAL, Luis. Apuntes para la historia de
Fernán Caballero. 1995.
- VELASCO
FRIGINAL, Francisco. CONÓCEME: la historia de un embalse en Fernán Caballero.
Editorial Círculo Rojo. 2016.
LEGISLACIÓN:
- Ley
dictando disposiciones que se han de tener presentes respecto á la propiedad,
uso y aprovechamiento de aguas (Gaceta de Madrid, número 170, de 19 de
junio de 1879).
- Real decreto reorganizando el servicio hidrológico y creándose
siete Divisiones de trabajos hidráulicos (Gaceta de
Madrid, número 132, de 12 de mayo 1900).
DMA
o Directiva Marco del Agua o Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política
de aguas (DOCE, número 327, de 22 de diciembre de 2000).
- Real
Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley de Aguas (BOE, número 176, de 24 de julio de 2001) y
posteriores modificaciones (Ver legislación consolidada en www.boe.es).
- Orden
ARM/2656/2008, de 10 de septiembre, por la que se aprueba la instrucción de
planificación hidrológica (BOE, número 229, de 22 de septiembre de 2008).
- Real
Decreto 1514/2009, de 2 de octubre, por el que se regula la protección de las
aguas subterráneas contra la contaminación y el deterioro (BOE, número 255, de
22 de octubre de 2009).
- Real
Decreto 817/2015, de 11 de septiembre, por el que se establecen los criterios
de seguimiento y evaluación del estado de las aguas superficiales y las normas
de calidad ambiental (BOE, número 219, 12 de septiembre de 2015).
- Real
Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes
Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental,
Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las
demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo,
Guadiana y Ebro (BOE, número 16, 19 de enero de 2016).
FUENTES DOCUMENTALES:
- Instituto
Geográfico Nacional.
- Agencia
Estatal Boletín Oficial del Estado.
- El
Imparcial.
OTROS:
- Censo
de Vertidos Autorizados. Confederación Hidrográfica del Guadiana (www.chguadiana.es).